El orden de los apellidos al inscribir al bebé
Se simplifica y agiliza la elección del orden de los apellidos
Recientemente ha entrado en vigor una ley que permite elegir a los padres el orden de los apellidos de sus hijos en el momento de inscribirlos en el Registro Civil sin más trámites adicionales.
En caso de desacuerdo de los progenitores el apellido del padre deja de tener preferencia.
Se podía elegir el orden pero con más trámites
- Durante generaciones a la hora de inscribir a un bebé solo había que plantearse qué nombre se le daría al recién nacido, algo que en muchas ocasiones supone un quebradero de cabeza, pero que siempre es un momento hermoso. Respecto al primer apellido, no cabía otra posibilidad: tenía que ser el del padre.
- Esto cambió en el año 2000 cuando se modificó la ley y se introdujo la posibilidad de colocar primero el apellido materno, aunque en la práctica supuso pocos cambios. La mayoría de los apellidos siguieron colocándose igual, en parte debido al engorroso trámite que suponía colocar primero el apellido materno: si la decisión de los padres era unánime debían de enviar una solicitud al Juez encargado del Registro Civil y una declaración de mutuo acuerdo. Pero si los padres no se ponían de acuerdo, o no solicitaban esta opción, era el apellido del padre el que iba primero.
- Este primer cambio dejó en segundo lugar apellidos comunes, o que los padres consideraban feos, y pusieron en primer lugar los más bonitos o aquellos que temían que ‘se perdieran’ al ser la madre hija única o tener solo hermanas. También hubo casos en los que se quiso poner de manifiesto la igualdad entre hombre y mujer, materializándolo con el cambio de apellidos.
La nueva ley: desaparece la preferencia del apellido paterno
Ahora, una nueva modificación simplifica los trámites. Los padres deben especificar en la solicitud cuál es el orden de los apellidos del menor, en el plazo de tres días.
Desde ABA Abogadas, la letrada Anna Salort, especialista en Derecho de Familia y Derecho Civil, explica el nuevo procedimiento: “Se obliga a que los padres hagan constar expresamente el orden de los apellidos en la solicitud de inscripción en el registro civil. En el caso de que no se haga constar, o bien estén en desacuerdo, tendrán un plazo de tres días para comunicar su decisión al Encargado del Registro Civil. Transcurrido el plazo, y si no ha habido comunicación al respecto, será el propio encargado el que establezca dicho orden atendiendo al interés superior del menor”. Por tanto desaparece la preferencia por defecto del apellido paterno.
La nueva Ley permite formar apellidos compuestos
En aras de encontrar un equilibrio que satisfaga a los progenitores y que abogue por la igualdad, la nueva Ley ofrece la posibilidad de cambiar nombres y apellidos, como explica Anna Salort “Puede establecerse el uso de los apellidos de ambos padres como primer apellido compuesto, ya sea padre-madre o madre-padre. Esto puede hacerse bien para evitar la desaparición de un apellido español, o bien para que no sea tan común”.
Todos los hijos, el mismo orden del primogénito
Sea cual sea la elección en el orden de los apellidos que hicieran los padres, el resto de sus hijos deberán llevar el orden que le pusieron al primogénito.
Eso sí, al alcanzar la mayoría de edad el niño puede solicitar invertir el orden de sus apellidos, tal como explica la letrada Anna Salort: “Cuando se trata de personas mayores de edad, ya no es necesario acuerdo entre los padres, sino que al alcanzar la mayoría de edad puede decidir cambiar el orden de sus apellidos conforme a su única y exclusiva voluntad, lo que puede dar lugar a que haya hermanos con distinto orden de apellidos”.
¿Qué sucede en otros países?
Esta ley se aplica a los españoles, pero los extranjeros residentes en España solo pueden acogerse a la ley de su país de origen. Por lo que será esta la que determine si pueden variar o no el orden de los apellidos.
Depende de cada cultura si se da prioridad al nombre del padre o no, incluso si la mujer cambia su apellido por el de su marido al casarse. Además algunos países sólo otorgan al niño un apellido y otros conservan los dos.
- En Alemania las parejas elijen el apellido de uno de los dos cónyuges como nombre de familia, que será el que lleve el bebé cuando nazca.
- En Suecia los progenitores eligen el orden de los apellidos, si no hay consenso tiene prevalencia el de la madre.
- En Francia, en el año 2005 desapareció la prevalencia del apellido paterno y son los padres los que deciden qué apellido se pone en primer lugar.
- En Portugal los padres eligen el orden de los apellidos, tradicionalmente se pone en primer lugar el apellido de la madre, pero el apellido que se transmite a las siguientes generaciones es el que se pone en segundo lugar.
- En Bélgica se utiliza un solo apellido, el paterno, aunque en algunos casos la mujer puede solicitar al Ministerio del Interior inscribir a su hijo con su propio apellido.
- En Reino Unido no existe legislación que regule este tema, se mantiene la tradición de colocar primero el apellido del padre.
- En Austria los hijos llevan por apellido el nombre familiar que hayan elegido los padres al contraer matrimonio. Puede ser el del hombre o el de la mujer o los dos unidos por un guión.
- En Japón al casarse la mujer pierde sus apellidos y la descendencia recibe de forma automática los apellidos del padre.
- En Rusia se forman los apellidos de los hijos incluyendo un sufijo al nombre del padre, la descendencia recibe el apellido en función de su género.
- En China, las mujeres conservan su apellido de soltera después de casarse, pero es el padre el que decide el orden del apellido de los hijos.