La baja maternal de las trabajadoras autónomas

Resolvemos tus dudas: Requisitos, cuánto se cobra y cómo solicitarla

10/12/2025

La baja maternal de las trabajadoras autónomas

Hoy la prestación por maternidad para las mujeres que son autónomas y cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos es de 19 semanas. Durante ese tiempo las trabajadoras autónomas cesan su actividad laboral por el parto y para el cuidado de su hijo sin dejar de cobrar.

Hemos preguntado los requisitos, cuánto dinero va a percibir, qué derechos tiene el padre si también es autónomo y cómo solicitar la baja maternal a Arancha Hernández, abogada especialista en derecho laboral y seguridad social de Legálitas. Resolvemos todas las dudas de las mujeres que cotizan al régimen de autónomos y que van a ser madres.

¿Las autónomas tienen derecho a la baja por maternidad?


Las mujeres autónomas tienen la misma baja por maternidad que las trabajadoras por cuenta ajena. “Tiene derecho a las mismas semanas para percibir la prestación por cuidado de hijos que una trabajadora por cuenta ajena”, dice Arancha Hernández. Es decir, pueden disfrutar de 19 semanas de baja cobrando una prestación económica.

¿Qué requisitos hay que cumplir?


Para disfrutar la baja por maternidad es necesario que la trabajadora autónoma cumpla unos requisitos:

  • Tiene que estar dada de alta en el régimen de autónomos.
  • “Estar a corriente de pago de todas las cuotas de autónomos”, matiza la abogada Arancha Hernández. Si hay alguna cuota impagada no le van a ar la prestación”. En estos casos, la administración le ofrece la posibilidad de abonar esas cuotas no pagadas. "Si lo hace recibe la prestación", añade Arancha Hernández.
  • Cumplir con un periodo mínimo de cotizaciónA las menores de 21 años no se les exige periodo mínimo de cotización; las mujeres entre 21 y 26 años deben haber cotizado 90 días en los 7 años anteriores o 180 días a lo largo de la vida laboral; por último, las mayores de 26 años tienen que haber cotizado 180 días en los 7 años anteriores o 360 días en total.

¿Cuánto tiempo dura la baja maternal para las autónomas?


Como nos explica Arancha Hernandez las trabajadoras autónomas tienen, desde el pasado mes de julio, con la última ampliación del mes de julio, 19 semanas de baja maternal que se distribuyen de la siguiente manera:

  • Seis semanas deben tomarse inmediatamente después del parto.
  • 11 semanas se pueden disfrutar a lo largo del primer año de vida del pequeño.
  • Existen dos semanas más que se pueden coger hasta que el niño cumpla 8 años (se pueden pedir a partir de 1 de enero de 2026 y para niños que hayan nacido a partir de agosto de 2024)

¿Cuánto cobra una autónoma durante la baja maternal?


Las mujeres autónomas durante la baja maternal cobran el 100% de la base reguladora diaria, por la que la autónoma haya cotizado

“Los trabajadores autónomos eligen la base de cotización que va en función de la previsión de los ingresos que se van a tener. Sobre esa base, se calcula lo que van a cobrar”, explica la abogada Arancha Hernández.

  • En los trabajadores que llevan más de 12 meses de autónomo, se hace un promedio de los últimos seis meses
  • Si llevan menos de doce meses de cotización en el régimen de autónomos, se hace el promedio de todas las bases y cobran el 100%.

Si la trabajadora autónoma trabaja también por cuenta ajena y cotiza al régimen general de la Seguridad Social cobra ambas prestaciones por nacimiento y cuidado del menor: la de autónomos y la del régimen general.

¿Se paga la cuota de autónomos en la baja maternal?


  • La trabajadora autónoma que se encuentra de baja maternal no tiene que pagar la cuota de autónomos durante ese tiempo. "pero sigue cotizando a la seguridad social", advierte Arancha Hernández.
  • Además, durante dos años siguientes existe una bonificación del 80% de la cuota.

¿Qué documentos hay que presentar para solicitar la baja maternal?


Las baja maternal se solicita en la Seguridad Social en un plazo máximo de 15 días tras el nacimiento del pequeño. Los documentos que hay que presentar son los siguientes:

  • Copia del D.N.I. de la madre.
  • El libro de familia (si se tiene).
  • El certificado del nacimiento o resolución judicial o administrativa de adopción o acogimiento.
  • El justificante de estar dado de alta en el régimen de autónomos.
  • También hay que presentar justificantes si se es familia numerosa, monoparental o con hijos con discapacidad.

¿Dónde se presenta la documentación para solicitar la baja maternal?


Hay tres posibilidades:

  • Presencial en cualquiera de las oficinas de la Seguridad Social.
  • Online a través de la oficina virtual de la Seguridad Social con el certificado digital.
  • Por correo administrativo: Hay que acudir a cualquier oficina de Correos con los originales de los documentos y una copia de todos y cada uno de ellos. Allí mismo, el personal de Correos sella esas copia y se envía en un sobre a la oficina de la Seguridad Social. 

Los derechos de los padres autónomos

Los padres que que cotizan al régimen de autónomos tienen los mismos derechos que la madre, incluso si regentan el mismo negocio. “Ambos tienen las mismas semanas de baja para cuidado de los hijos”, dice Arancha Hernández. Y como ocurre con los trabajadores por cuenta ajena, estas semanas de baja no se pueden ceder entre sí: la madre tiene 19 semanas y el padre otras 19 y si no las disfrutan, se pierden.


Asesora:

Arancha Hernández, abogada especialista en derecho laboral y seguridad social de Legálitas.

Caridad Ruiz
Redactora experta en Salud