Posparto: registro del nacimiento del bebé desde el hospital

Tienes un plazo de 72 horas desde el parto

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Nada más nacer, el bebé da mucho trabajo a sus padres. Además de alimentarle, acunarle y cambiarle pañales, un recién nacido significa un sinfín de papeleo, como inscribir su nacimiento en el Registro Civil.

Desde octubre de 2015, este trámite puede realizarse en los hospitales españoles que disponen de la tecnología necesaria. Funciona a modo de «ventanilla única» y te evita tener que acudir personalmente al Registro Civil.

Un consejo: comprueba que lo realizan en tu hospital antes de dar a luz porque no este trámite no está implantado aún en todos los centros sanitarios españoles. 

¿Cómo se registra el nacimiento del bebé desde el hospital?


  • Los padres de la criatura, junto a los médicos que han asistido al parto, deben firmar el formulario oficial al que se incorporará el informe médico que acredita el nacimiento. Este documento se envía telemáticamente desde el centro sanitario al Registro Civil. Los padres cuentan con un plazo de 72 horas para hacerlo mediante este sistema. Si pasa este límite, el trámite deberá hacerse físicamente en las oficinas del Registro.
  • Recuerda que un trámite obligatorio y ha de realizarse entre las 24 horas y los 10 días siguientes al parto. El plazo se extiende a 30 días por motivos de fuerza mayor, que deberán ser documentados.

¿Cuándo debo ir al Registro Civil en persona?


En mayoría de los casos se podrá solicitar la inscripción desde hospitales que cuenten con los medios técnicos adecuados. Sin embargo, existen ciertas excepciones que obligan a personarse en la oficina del Registro Civil, aunque la clínica u hospital tenga los medios telemáticos para hacer este trámite.

  • Cuando alguno de los progenitores es menor de edad o tiene la capacidad modificada judicialmente (por ejemplo, personas tuteladas).
  • Si los dos progenitores sean extranjeros de distinta nacionalidad.
  • En caso nacimientos de hijos no matrimoniales si se da la ausencia, fallecimiento o incapacidad del padre, la madre o ambos.
  • Si se da la situación de que la madre haya renunciado al hijo.

También es preciso acercase si en la documentación enviada por el centro hospitalario telemáticamente existe algún error, omisión o inexactitud que necesite ser corregida.

Si quiero, ¿puedo hacer el trámite personalmente en el Registro Civil?


Efectivamente, si lo prefieres puedes hacer los trámites en persona como se ha hecho durante décadas. Pero te ahorrarás mucho tiempo e incomodidades si puedes utilizar el registro telemático del recién nacido. Te recordamos que en caso de que tu hospital no cuente con el registro telemático, tendrás que hacer este trámite en las oficinas del Registro Civil de tu zona.

registro civil

¿Cuándo obtengo el certificado literal de nacimiento?


Una vez hecha la inscripción, el Registro Civil enviará a los padres (preferentemente por vía electrónica) una certificación literal de nacimiento. Con este documento, la familia que podrá realizar los trámites administrativos que necesite (Seguridad Social, centro de salud, Policía…). ¿Y qué pasa ahora con el Libro de Familia? Este documento acabará desapareciendo (deja de emitirse en 2017) y se sustituirá por registros digitales e individuales que se almacenan en una gigantesca base de datos. Con la nueva regulación no es preciso actualizar el Libro de Familia, ya que la certificación literal de nacimiento nos sirve para el resto de papeleos. Aun así, los padres que quieran pueden acudir al Registro Civil para actualizar el tradicional Libro de Familia.