DNI del bebé para viajar en avión: requisitos y trámites
El niño tiene que asistir al papeleo obligatoriamente
Si quieres viajar con tu bebé en avión es imprescindible que gestiones su documento nacional de identidad o DNI. Además, el DNI es requisito necesario si además tienes que tramitar el pasaporte del niño. Te explicamos todos los trámites y requisitos para hacerlo y que no tengas que "volver mañana". Toma buena nota.
Hay circunstancias en las que habrá que seguir realizando algún papeleo para el recién nacido. Así, si se nos ocurre viajar con nuestro bebé para que, por ejemplo, lo conozca parte de la familia que reside en otro país, tendremos que tramitar su DNI. Pero para ello será necesario que reúnas estos requisitos:
- Certificado literal de nacimiento. Si realizas el registro del nacimiento del bebé en el propio hospital, el centro te lo envía, preferentemente de forma telemática. Si no, tendrás que solicitarlo en la oficina del Registro Civil. Se trata de una copia literal de la inscripción de nacimiento que da fe del hecho, y recoge todos los datos relativos al nacimiento: sexo, lugar, hora, filiación del inscrito… Debe ser expedida con una antelación máxima de 6 meses a la fecha de presentación de la solicitud y con la mención expresa de que se expide "a los solos efectos de obtener este documento". Este papel también se nos requerirá si queremos abrir una cuenta bancaria a nombre del bebé.
- Foto del pequeño. Además, también tenemos que presentar una fotografía de la cabeza del bebé a color con fondo blanco.
- Certificado o volante de empadronamiento. Se solicita en el Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, y ha se ser expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad.
- El bebé debe asistir al trámite. Para solicitar la expedición del DNI será imprescindible que acuda el bebé, que deberá ir acompañado por la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela del menor.