Trámites de los permisos por maternidad y paternidad
Solicita tus 17 semanas de permiso por paternidad
Después de registrar el nacimiento del bebé, el siguiente paso es llamar al médico de cabecera para solicitarle el papel de baja por maternidad. Luego hay que comunicar a la empresa de la madre el día que el facultativo certifica que se inicia la baja para que ésta empiece a tramitar los papeles necesarios. Habrá que acercarse hasta el lugar de trabajo para recoger el documento y llevar la baja al médico de cabecera. Los padres también tendrán que hacer sus trámites para solicitar el permiso por paternidad, de 17 semanas de duración.
Cómo tramitar la baja por maternidad
Se puede solicitar online (no es necesario tener el certificado digital), por correo ordinario o en las oficinas de Atención de la Seguridad Social (se llama CAISS). Ten en cuenta que si quieres hacerlo presencialmente, necesitas una cita previa.
Sea como sea, se van a necesitar estos documentos:
- Solicitud de la prestación.
- Fotocopia del DNI de los progenitores
- El documento que nos entregue el médico
- Si trabajas por cuenta ajena, el certificado de empresa en el que conste el día que inicias la baja por nacimiento. si tu empresa ya lo ha enviado, no hace falta.
- Libro de Familia donde aparece el bebé o bien el certificado literal de nacimiento
- El número de cuenta donde queremos que se haga el ingreso
- En el caso de la adopción, la resolución judicial que reconozca la adopción, tutela o acogimiento
Importante: La forma más rápida es solicitar la prestación a través de internet en la sede electrónica de la Seguridad Social. No es necesario tener certificado digital o contraseña en Cl@ve (si lo tienes es mucho más fácil), puedes utilizar la plataforma. Pasado un tiempo se recibirá una comunicación telemática de este organismo en la que se detalla el tiempo exacto de la baja, documento que habrá que remitir al departamento de recursos humanos de la empresa donde trabaja la madre.
Cuánto tiempo de baja corresponde
- La actual ley otorga 17 semanas de baja maternal, que se pueden ampliar en dos por cada hijo en caso de parto múltiple. Es decir, serán 19 si se tienen dos hijos o 21 si son trillizos.
- El plazo para solicitar la prestación por maternidad se inicia con el nacimiento del bebé.
- Las seis primeras semanas se deben coger inmediatamente después del parto. Las 11 restantes se podrán tomar a lo largo del primer año de vida del chiquitín.
- Además, existen otras dos semana remuneradas (se cobra el 100 por cien de la base de cotización) que se podrán coger hasta que el pequeño cumpla 8 años.
- El requisito que la ley establece para poder obtener este permiso es haber cotizado como mínimo 180 días dentro de los siete años anteriores a la fecha de la baja o al menos 360 días a lo largo de la vida laboral.
- Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo con el empresario y es compatible e independiente del disfrute compartido de los períodos de descanso por maternidad. El padre ha de avisar a su empresa para que ésta prepare un certificado de baja, donde tiene que figurar el sueldo del último mes para que la Seguridad Social pueda establecer los baremos de pago.
- El documento aportado por la empresa hay que llevarlo a las oficinas de la Seguridad Social, con el original y fotocopia del DNI, original y fotocopia del Libro de Familia o certificado literal de nacimiento, además de un recibo en el que figure el número de cuenta donde se desea que ingresen el dinero.
- Este trámite puede hacerse online, en el portal del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
La baja preparto
- En la semana 39 de embarazo, si la madre no ha dado a luz, puede pedir una baja laboral hasta que dé a luz. A partir de entonces, deberá solicitar la baja maternal
- Para pedir esta baja preparto, debe acudir a su médico de cabecera, quien se la dará directamente. Durante el tiempo que dure esta baja, cobrará su salario a cuenta de la Seguridad Social, salvo el primer día, que corre a cuenta de la empresa.
Si el bebé es prematuro o se queda ingresado
- Tanto si el niño es prematuro como si precisa hospitalización prolongada, la baja por maternidad se puede ampliar hasta 13 semanas más (con un máximo de 30) siempre y cuando el bebé siga hospitalizado.
- Si se da esta triste circunstancia, la madre ha de saber que puede disfrutar de las primeras 6 semanas de baja y dejar las otras diez para cuando el pequeño salga del hospital, teniendo derecho mientras tanto a un permiso de dos horas diarias.
Para poder solicitar la baja maternal, la madre ha de estar trabajando o cobrando el paro.
Si se es menor de 21 años no se exige periodo de cotización; si se tiene entre 21 y 26, se debe de haber cotizado 90 días en los siete años previos a la fecha de parto o bien 180 días a lo largo de su vida laboral. Las mayores de 26 deben haber cotizado un mínimo de 180 días en los siete años anteriores a la fecha de parto o 360 días a lo largo de toda su vida laboral.
¿Qué pasa si la madre no trabaja y está apuntada al paro, cobrando o no subsidio?
Debe ponerse en contacto con a las oficinas del servicio público de empleo e informar de su baja maternal.