Tus derechos laborales en el embarazo: 14 dudas resueltas

Qué debes saber sobre los permisos y derechos de las madres y los padres en el embarazo

El embarazo es un momento muy especial en tu vida y necesitas sentirte segura y confiada en todos los ámbitos de tu vida, incluido el trabajo. Por suerte, existen unas leyes especiales para proteger a la embarazada en el trabajo. ¿Conoces tus derechos laborales? Resolvemos tus dudas, con la ayuda de María Dolores Justo, abogada de Legálitas.

1 ¿Cuándo tengo que comunicar a la empresa que estoy embarazada?


Derechos laborales en el embarazo

Hay quien piensa que es mejor callar hasta que el embarazo es evidente para no tener consecuencias en su trabajo. Pero hay que tener en cuenta que cuando una mujer se encuentra embarazada tiene unos derechos que no se contemplan si no está en estado.

  • ¿Qué dice la ley? “La ley no dice nada sobre cuándo hay que comunicar el embarazo. Es voluntario y la trabajadora embarazada lo puede comunicar cuando lo desee”, nos comenta la abogada María Dolores Justo. No hay obligación legal de  comunicar el embarazo en una fecha concreta.

“Lo mejor es que lo comuniques de forma que quede constancia pública, por ejemplo, con un correo electrónico al departamento de recursos humanos”, añade la abogada María Dolores Justo.

2 ¿Puedo acudir a todas las revisiones médicas (aunque sean muchas)?


Sí, tienes derecho a acudir a todas las revisiones médicas necesarias, sean las que sean, aunque se programen dentro de tu horario laboral, y sin dejar de cobrar tu sueldo, ni tener que recuperar el tiempo que tardes en la revisión.

  • ¿Qué dice la ley? “El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores dice que puede acudir a los exámenes prenatales sin límite”, afirma la abogada María Dolores Justo.

Eso sí, deberéis pedir el justificante de asistencia a la consulta (tanto si se trata de una consulta de la sanidad pública, como de la privada). 

3 Si las clases de preparación al parto son en horario laboral, ¿puedo acudir?


Si estás embarazada tienes derecho a acudir a las clases de preparación a la maternidad, dentro de tu horario de trabajo y sin dejar de cobrar tu sueldo. Y el padre, también.

  • ¿Qué dice la ley? El derecho a asistir a los cursos de preparación a la maternidad se recoge también en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores. Además, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia el padre también tiene derecho a este permiso retribuido para acudir a las clases o cursos de preparación al parto y a la maternidad.

4 Mi trabajo es peligroso para el embarazo, ¿puedo pedir la baja?


Si tu puesto de trabajo puede suponer un riesgo para tu embarazo (trabajas con sustancias químicas o en trabajos que supongan mucho esfuerzo) puedes solicitar una adaptación de tu puesto de trabajo o que te reubiquen en otro. También, si trabajas en un turno de noche, puedes solicitar que te cambien al de mañana o de tarde. En la Tabla de Riesgos para el Embarazo y la Lactancia, elaborada por la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO), puedes saber si tu trabajo es de riesgo.

  • ¿Qué dice la ley? Si no fuera posible cambiar de puesto o de condiciones, tienes derecho al subsidio por riesgo durante el embarazo: es una prestación económica del 100% de la base reguladora derivada de contingencias profesionales. Es decir, tu sueldo no se verá reducido.

“Hoy son las mutuas de trabajo las responsables de tramitar el subsidio por riesgo durante el embarazo. Se cobra todo el sueldo y es necesario un informe del ginecólogo en el que se especifique qué condiciones laborales ponen riesgo la gestación. La mutua valora si es posible la adaptación del puesto de trabajo para que el riesgo desaparezca. Y si no puede ser, se da la baja”, afirma la abogada María Dolores Justo.

5 ¿Y si me dan una baja en el embarazo?


Si tienes algún problema, como dolor de espalda o una ciática, la baja se considera enfermedad común.

  • ¿Qué dice la ley? Si tu convenio no mejora lo que se establece en la Seguridad Social, cobrarás 60% de la base reguladora desde el 4º día al 20º y el 75% desde el 21º en adelante. Durante los tres primeros días no se cobra.

6 ¿Me pueden despedir si estoy embarazada?


No. No te pueden despedir de tu trabajo a causa de tu embarazo.

  • ¿Qué dice la ley? El despido en el embarazo se considera nulo. Eso significa que si ocurre tienes derecho a que te readmitan y a que te abonen los salarios que dejaste de percibir desde que te despidieron hasta que regresaste a tu trabajo.

Solo podría ser un despido procedente si la empresa puede demostrar causas justificadas y sin relación con el embarazo. Por ejemplo, si la trabajadora mantiene una actitud violenta y la empresa puede demostrarlo.

7 Si tengo un contrato temporal y se acaba, ¿me pueden despedir?


Derechos laborales en el embarazo

  • ¿Qué dice la ley? En el caso de mujeres embarazadas con un contrato temporal o de obra, y una vez que se haya terminado la tarea para la que fue contratada, se da por extinguido el contrato, por lo que no se considera despido.

Pero, si la tarea para la que te contrataron  no hubiera terminado, entonces la finalización del contrato se consideraría injustificada y se consideraría un despido.

8 ¿Cuánto tiempo de baja tienen la madre y el padre tras el parto?


  • ¿Qué dice la ley? La madre y el padre tienen derecho a 16 semanas de baja cada uno. 

A partir del segundo hijo, se amplía una semana más por cada bebé. Es decir, si tienes mellizos, tiene derecho a 17 semanas, si son trillizos 18…

9 ¿Cuánto se cobra en la baja maternal y paternal?


La Seguridad Social abonará una prestación económica durante la baja por maternidad. El importe de esta prestación se calcula siempre según la base reguladora de cotización a la Seguridad Social, que suele ser del 100% del sueldo.

  • ¿Qué dice la ley? Hay que cumplir unos requisitos de cotización que varían con la edad de los padres: Si son menores de 21 años, no se les exige haber cotizado. Si tienen entre 21 y 26 años deberán haber cotizado 90 días en los últimos 7 años y 180 en los años anteriores a esos 7 años. Los mayores de 26 años tienen que haber cotizado al menos 180 días en los tiene años anteriores y 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.

10 ¿Podemos distribuirnos la baja maternal y paternal como queramos?


  • ¿Qué dice la ley? La baja maternal y paternal os la podréis distribuir, pero con algunas condiciones:
    • El padre y la madre tienen que cogerse de forma obligatoria las seis primeras semanas tras el parto.
    • Las 10 semanas restantes hay que disfrutarlas antes de que el bebé cumpla un año, en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida

La empresa no se puede oponer a la elección de la madre o del padre, siempre y cuando lo hayan solicitado con 15 días de antelación

11 ¿El padre puede “ceder” algunas semanas de su baja paternal a la madre?


No. No es posible que el padre (o la madre) cedan parte de su baja por nacimiento de hijo.

  • ¿Qué dice la ley? Si el padre o la madre deciden no disfrutar de las semanas que les corresponden por la baja maternal o paternal, las pierden. Tampoco se pueden pagar.

12 ¿Cómo es el permiso de lactancia?


Cuando se finaliza el permiso de maternidad o de paternidad, empieza la reducción de jornada por la lactancia, que dura hasta que el bebé cumple 9 meses.

  • ¿Qué dice la ley? Existen varías formas para disfrutar de este permiso que también es retribuido (no os podrán reducir el sueldo):
    • Dos medias horas o una hora cada dia laborable, en medio de la jornada de trabajo.
    • Reducción de jornada de trabajo de solo media hora para entrar más tarde o salir antes de la jornada de trabajo.
    • Acumular todas las horas libres en varios días libres y retribuidos (según el convenio colectivo o previo acuerdo con la empresa).

Hay que avisar a la empresa don 15 días de antelación sobre los días y cómo se va disfrutar este permiso

13 Si me pido una reducción de jornada, ¿podré pedir también el permiso de lactancia?


Son dos derechos compatibles: podrás pedir una reducción de jornada y a la vez salir o entrar antes del trabajo por el permiso de lactancia.

  • ¿Qué dice la ley? Hasta el que el niño cumpla 12 años, el padre y la madre tienen derecho a solicitar una reducción de su jornada laboral, entre un octavo y la mitad, con la disminución proporcional del sueldo.

14 Si no voy a dar lactancia materna a mi bebé ¿tengo derecho al permiso por lactancia?


  • ¿Qué dice la ley? La madre y el padre tienen derecho al permiso de lactancia siempre, aunque el bebé se alimente con biberón y leche artificial.

Asesora:

María Dolores Justo, abogada de Legálitas.

Caridad Ruiz
Redactora experta en salud